- Difamación, injuria y calumnia, ¿es lo mismo?... (Material Jurídico).

in #spanish7 years ago (edited)


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Bien, comenzaremos hablando un poco acerca de la difamación (Art. 442 del Código Penal Venezolano), que consiste simplemente en la comunicación (del sujeto activo), con varias personas, reunidas o separadas para imputar a algún individuo (sujeto pasivo), un hecho determinado capaz de exponerlo al desprecio o al odio público, u ofensivo a su honor o reputación, será castigado con prisión de un año a tres años y multa de cien unidades tributarias (100 U.T) a un mil unidades tributarias (1000 U.T).

En cambio, la injuria (Art. 444 del Código Penal Venezolano), consiste en la comunicación (del sujeto activo), con varias personas, juntas o separadas, que hubiere ofendido de alguna manera el honor, la reputación o el decoro de alguna persona, será castigado con prisión de seis meses a un año y multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T) a cien unidades tributarias (100 U.T).
Es evidentemente notorio que las penas que derivan de las conductas tipificadas en los artículos 442 y 444 son distintas puesto que cuando hablamos de la difamación, la pena es considerablemente mayor a la sanción contra la injuria, pero si dejamos a un lado la sanción y atendemos a la naturaleza del tipo penal establecido en el Código Penal Venezolano…

¿No serían lo mismo?

No, cuando hablamos de Difamación, nos referimos a la actuación del sujeto activo (difamador), quien imputa al sujeto pasivo (difamado), un hecho concreto, es decir: Pedro Pérez hurtó mi teléfono celular el día jueves 8 de abril del mes de marzo. En cambio, la “injuria” se basa en imputarle al sujeto pasivo (victima), un hecho genérico, es decir: Pedro Pérez es un ladrón.

¿Pudiste notar la diferencia?

En la difamación especificamos con mayor amplitud la conducta del sujeto pasivo (victima). En cambio, en la injuria solo hablamos de un hecho genérico, es decir, poco concreto y subjetivo.

¿Y la Calumnia?

Artículo 240 del Código Penal Venezolano.
Es simplemente la denuncia del sujeto activo (Calumniador) ante una autoridad judicial (juzgado o funcionario público), imputando al sujeto pasivo (calumniado) un hecho punible a sabiendas de que el individuo es inocente.
Podemos concluir entonces que a pesar de que la difamación, calumnia e injuria compartan características similares aunque estas por su naturaleza sean distintas, los 3 tipos penales son sancionados por la legislación Venezolana con penas leves (Unidades Tributarias) hasta penas de prisión de hasta 3 años, siendo esta última considerablemente más severa.

¿Alguna reflexión?

Si, pensemos las cosas un poco más antes de decir algo que pueda arremeter contra el honor o la reputación de otra persona.

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Excelente aporte @alirio, no esta mal saber las diferencias, gracias por compartir

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Editado, gracias por la observación. 😉