Hablemos de derecho: El debido proceso

in Humanitas6 days ago

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El debido proceso es un derecho humano que para quienes vivimos en América Latina o en países suscritos a la Organización de Estados Americanos, se encuentra prescrito en el Pacto de San José y está incluido en nuestras legislaciones propias como en Venezuela en su constitución en el artículo 49 o en la constitución de estados unidos en la muy famosa Quinta enmienda y para mi es uno de los derechos más importantes que tenemos, pues al ser complejo tiene varios aspectos importantes para nuestros como seres capaces, es decir, como seres susceptibles de que se nos exija o de nos reproche algo.

Este derecho supone varias garantías, que aplicaran tanto en vía administrativa como en vía judicial, la primera supone los procedimientos que se dan en el marco de la administración pública, un ejemplo de esto sería una multa por una infracción vial o una sanción disciplinaria a un funcionario público. La vía judicial, pues es aquella que es llevada por el órgano jurisdiccional, como por ejemplo un juicio por homicidio (desde aquí, hay que ponernos dramáticos jajaja!).

La primera de estas garantías es el derecho a la defensa, entendido este no solo como que el estado te proporcione un abogado, sino también tener conocimiento de que cargos estas siendo imputado, poder hacer actuaciones judiciales como promover pruebas y contradecir las pruebas dela parte contraria, aquí también se incluye la garantía de la doble instancia o la posibilidad de poder apelar una decisión. La segunda garantía es la presunción de inocencia, todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario, aún en caso de flagrancia (que te agarren con las manos en la masa) y por esto, se nos debe tratar como tal.

La tercera garantía es el derecho a ser oído en todas las instancias, es decir, la posibilidad de poder dar “mi versión” de todas las instancias del proceso, con todas las prerrogativas de ley, además si no hablo el idioma de los que me juzgan, el derecho a ser provisto de un traductor. La cuarta garantía se conoce como la del juez natural, es decir, todos tenemos derecho a que nos juzgue un juez bien sea ordinario o especial (por la materia a juzgar) de la jurisdicción a la que pertenecemos bien sea por donde vivimos o los hechos a juzgar, tambien tenemos derecho a conocer la identidad de este juez y en ningun caso podremos ser juzgados ser un tribunal "ad hoc" o de excepción.

La quinta garantía y mi favorita jajaja! es que nadie está obligado ni a declararse culpable ni a declarar en contra de sus familiares cercanos o su espos@. La sexta garantía viene desde tiempos romanos y está basada en este latinajo "Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege" o no hay crimen ni pena sin previa ley. No podemos ser juzgados por supuestos que no se encuentren en la legislación al momento de nuestra actuación, por ejemplo, el uso de vapers que fueron prohibidos en Venezuela hace algunos años, no nos podrían juzgar por usarlos antes de que saliera dicho decreto.

La séptima garantía es el derecho a no ser juzgado dos veces por los mismos hechos, el hecho de ser juzgado y cumplir con una condena nos da solvencia con respecto a ese a determinado hecho, ojo con esta garantía en las relaciones amorosas jajaja!

Y la octava y última garantía se refiere al rezarcimiento del Estado por daños causados por error judicial, omisión o demoras en el administrar justicia. Aquí en Venezuela no lo he visto la verdad porque se hace muy poco, pero se que en Estados Unidos y en países más desarrollados es una práctica muy común.

Esto es muy someramente lo que supone lo que conocemos como "debido proceso". Espero hayan aprendido un poco con este post, gracias por llegar hasta aquí ¡Saludos!

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