Hace algunos días un amigo me dijo que tenía miedo de quedarse sin trabajo y que no le pagaran prestaciones y demás beneficios de ley porque el "no tenía contrato de trabajo" y yo, me indigne muchísimo porque él tiene años trabajando con estas personas, no es como que no exista una relación laboral y caí en cuenta que esto es algo con lo que algunos patronos juegan para librarse de cumplir con sus obligaciones con los trabajadores. En este post haré una referencia a lo que es una relación laboral y las consecuencias derivadas de ella.
Para hablar de una institución primero tengo que definirla, entonces tengo que decir que "Una relación laboral es aquel nexo o vinculo que existe entre un trabajador y un empleador (o patrono como indica lo denomina ley venezolana)". Dicho vinculo debería en principio estar materializado y regulado por un contrato de trabajo pero como les explicaba puede existir perfectamente una relación laboral sin contrato de trabajo.
Pues en derecho laboral en la mayoría de las legislaciones se acepta un principio llamado "principio de primacía de la realidad", que me dice este precepto, que lo que va a importar al momento de probar la existencia de un vínculo laboral es lo que realmente pasa, no importa que no se hayan cumplido con determinadas formalidades o que se esté encubriendo dicho vínculo con otra figura como un contrato civil. Si existe subordinación, remuneración y prestación de servicio personal que son los elementos especiales del contrato de trabajo habrá relación laboral y el trabajador será titular de ciertos derechos. La subordinación es aquel poder del patrono de tomar ciertas decisiones y exigir ciertas actuaciones del trabajador, por ser el dueño de los medios de producción. Por ejemplo: cumplir con un horario laboral, usar uniforme, atender ciertas rutas, cumplir con los manuales de procedimiento de la empresa. La prestación de servicio personal es un elemento asociado con el compromiso hecho por el trabajador de laborar de manera directa y sin poder relegar sus obligaciones en terceros y la remuneración es la contra-prestación recibida por los servicios prestados.
Ahora bien, porque es importante saber si estamos en presencia de una relación, porque de ella derivan una serie de derechos que son importantísimos, porque su mayoría tiene carácter pecuniario, es decir, son platica que nos corresponde, entre esos tenemos: las prestaciones sociales, las utilidades o bono de fin de año, el derecho a vacaciones y bono vacacional, el pago de horas extra, el pago de días feriados y un aspecto que también es importantísimo es: la estabilidad laboral, que es el derecho a no ser despedidos o removidos de nuestro trabajo sin una causa justificada o en Venezuela previa calefacción de falta por el decreto que inamovilidad que protege a todos los trabajadores.
Entonces ¿que aprendimos hoy? que si tengo una determinada cantidad de tiempo cumpliendo horario, siguiendo indicaciones, trabajando con maquinaria que no es mia y por esto recibo una remuneración, soy sujeto de una relación laboral y tengo infinidad de derechos como trabajador. Espero este post les sirva para aprender algo nuevo, gracias por llegar hasta aquí ¡Saludos!
La portada fue hecha con InCollage
Creo que es el derecho una de las áreas de las ciencias humanas en la que soy más ignorante, así que debo confesar que me encanta la idea de que nos presentes breves comentarios, reflexiones, anécdotas o disertaciones sobre aspectos del derecho.
Gracias por tu aporte querida @andr3apat1no
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Y justo esa es mi idea con estos post, hacer que la gente aprenda alguna pequeña cosa sobre el derecho, gracias @filoriologo 🫶🏻
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Ante todo, gracias por elegirnos para compartir tus conocimientos partiendo desde una anécdota personal, nos parece una grandiosa manera de difundir conceptos sobre el derecho.
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Vale, lo tendré en cuenta para el futuro. Gracias por la sugerencia 🫶🏻