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RE: Análisis del artículo 25 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 (vigente)- CRBV #25

in #spanish7 years ago

Te felicito por tu análisis ... Yo soy abogado, profesor de Derecho Constitucional, la primera apreciación que te hago la de mi sentimiento de verguenza, no por tu articulo sino por una de las cosas que siempre denuncio en clases..

La redacción de la Constitución

funcionarios públicos y funcionarias "públicas"

y no es el único error que tiene la constitución, hay muchos mas como los del articulo 44.

En el caso del razonamiento jurídico esta correcto debo agregar que esto es lo que deberían hacer los militares antes de cometer los actos que ocasionan en protestas por ejemplo, muchas de las excusas que siempre escuchamos es que están recibiendo ordenes superiores y eso no importa cuando se trata de derechos humanos.

Cuando nosotros hablamos de la constitución de Venezuela, hablamos de un contenido muy avanzado en materia de Derechos Humanos, lamentablemente ocurre como con cualquier cosa que sea de dominación del hombre con base a intereses políticos, económicos e ideológicos su APLICABILIDAD es el principal problema

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Concuerdo con su argumento, ciertamente la contitución posee contenido avanzado en materia de Derechos Humanos, pero, parece ser solo nominativamente porque su aplicabilidad es constantemente transgredida.

La rama Constitucional en derecho, es la columna vertebral del ordenamiento jurídico; en mis estudios universitarios fue la que mas atrajo mi atención pese que las clases no fueron óptimas por diversos factores. Saludos !

...esto es lo que deberían hacer los militares antes de cometer los actos que ocasionan en protestas por ejemplo...

Exactamente.

Referente a los errores de la Constitución, lo bueno es que hay pasos para presentar un proyecto de “corrección” ante la Asamblea Nacional.

Gran aporte tu comentario, saludos