estas en lo cierto amigo @nolbert, no era necesario una consulta a un referendum porque como tu lo dices, la constitucion del 61 no establecia la figura del referendum ni la de una asamblea nacional constituyente, por lo tanto, la constitucion del 99 si la contempla y solamente con la convocatoria de una de las parte que el articulo 347 que ahi indica se puede convocar, incluso esos articulos fueron discutidos en la ANC del 99 y la explicacion es muy notoria: acaso hay que preguntarle al pueblo si quiere elecciones de presidente tal como lo dice la constituecion cada 6 años o de alcaldes o de gobernador?? no, eso esta implicito en la ley y se convocan y ya.. asi mismo es con la constituyente...
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no pudo estar mejor explicado.