Fuente
No recuerdo dónde estaba ni qué hacía el 20 de julio de 2017.
Quizás revisaba mi cuenta de Twitter llena de imágenes de violencia por parte de la dictadura contra manifestantes que protestaban en toda Venezuela, o a lo mejor estaba en alguna marcha luchando contra el miedo y el gas lacrimógeno.
Puede que simplemente estaba sentando en algún sillón de mi casa escuchando el ruido de las motos de colectivos chavistas que hacían guardia en la zona esperando conseguir a algún manifestante al que agredir o intimidar. Quién sabe.
Pero algo es seguro: hiciera lo que hiciera o estuviera donde estuviera, había gente que la estaba pasando mucho peor que yo. De hecho, ese día se cometió una violación de derechos humanos sin precedentes en el Zulia: un joven de 20 años fue detenido por funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana -cuando se dirigía a una protesta- y llevado a una sede de Corpoelec en Maracaibo, donde se improvisó una prisión; allí fue golpeado y torturado sexualmente por al menos 10 funcionarios entre los que participaron y fueron cómplices.
Pese a ser civil, fue presentado ante un tribunal militar cinco días después de lo ocurrido, lo cual representa una violación al debido proceso pues la ley establece un plazo máximo de 48 horas entre la aprehensión y la presentación ante un tribunal. Por ello, las irregularidades estuvieron presentes desde el principio.
Aunque probablemente lo más dramático es que tuvo la valentía de denunciar el hecho en su acto de presentación y aun así la juez decretó la detención para él, y no para los funcionarios.
Sin embargo, a diferencia de otros casos parecidos, semanas después el Ministerio Público imputó a los funcionarios, aunque por violación, “como si se tratara de un delito común y no de una violación de derechos humanos”, me dice María Inés Hernández, vocera de la Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia, quienes se encargan de defender al muchacho.
“No se trató de una violación cualquiera, sino que estamos frente a una tortura sexual: una violación de derechos humanos, debido a que el acto fue ejecutado por fuerzas de seguridad del Estado en ejercicio de sus funciones”, explica.
Además, tampoco se imputó a ninguno de los superiores de los policías, quienes “también tienen responsabilidad por lo ocurrido y deben ser enjuiciados por ordenar actuaciones contrarias a los derechos humanos”.
“Cualquier detenido debe ser llevado de inmediato a un centro de detención para establecer la responsabilidad de la integridad personal en custodia; es decir, saber a qué funcionario y de qué guardia le compete garantizar la integridad física de un detenido. Así, la orden de usar la sede de la empresa Corpolec ya genera una responsabilidad funcionarial por violación al debido proceso. Esa orden fue dada por los supervisores que están plenamente identificados en el expediente y sin embargo el Ministerio Público no los imputó”, detalla.
A todo esto, hay que sumar que el caso fue diferido en siete ocasiones durante 2018 por diversos motivos como cortes eléctricos o ausencia de notificación a la víctima. “Ni por el número de víctimas, ni por el esquema de violaciones, ni por el contenido sexual, ni por el encubrimiento, ni por las responsabilidades penales de los funcionarios y altos funcionarios, este caso tiene comparación o precedente ni en el Zulia, ni en el país”, opina.
Desde Codhez no creen que sea casual, pues el sistema de justicia venezolano generalmente “no da la condición de víctima a quien lo es”, y en caso de que lo haga, “luego de mucho esfuerzo”, obstaculiza su participación en el proceso.
“¿Cuál es el objetivo? Que la víctima abandone el proceso”, afirma Hernández.
Es precisamente esto último lo que hace que este caso sea distinto: porque la víctima (que ha preferido guardar el anonimato) y sus abogados no lo abandonaron, y la difusión de diversos periodistas y medios de comunicación “generaron una presión que fue decisiva en los resultados positivos de la última audiencia”.
Actualmente hay ocho funcionarios privados de libertad en el Comando de la PNB de Sierra Maestra en el municipio San Francisco; los otros dos están prófugos y solicitados por la Interpol. Mientras tanto, el caso no había podido pasar de la fase de conclusión de la investigación al juicio porque el Ministerio Público no ejecutó la prueba promovida por la defensa en la frase preparatoria, la cual consistía en recabar las grabaciones de las cámaras de seguridad donde ocurrieron los hechos.
Este 21 de febrero se repitió la audiencia preliminar y el delito de tortura fue descartado de la acusación fiscal, mientras que los acusados, a quienes se les ratificó la privativa de libertad, no admitieron los hechos y por tanto se estableció la apertura de la fase de juicio.
Además, expedientes constan que hay más de 20 personas con exámenes forenses que también fueron abusadas sexualmente y víctimas de malos tratos a la misma hora, fecha y lugar, pero que el Ministerio Público no los ha incluido en el proceso “negando la posibilidad de obtener justicia y promoviendo la impunidad”. Estos, han recibido amenazas al igual que sus familiares.
Qué suerte tuvimos los que ese día sólo tuvimos que tragar gas maldito o horrorizarnos con imágenes en redes sociales, ¿no?
Artículo escrito originalmente para Caracas Chronicles
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