Ayer fue el Día Mundial del Libro y de los Derechos de Autor, evento organizado por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y es una celebración que tiene como objetivo inculcar la lectura, promover la publicación, edición y los derechos de autor.
Desde hace más de 20 años se conmemora cada 23 de abril el poder mágico de los libros y el aprecio a su capacidad de evocar imágenes y despertar sentimientos, cambiar ideologías y creencias, desatar guerras, conflictos y amenazas o apaciguarlas y otorgar paz con unas líneas. Un vínculo extraordinario entre el pasado y el futuro, un puente entre generaciones y entre culturas.
Este año, la UNESCO ha conmemorado el día del 70º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que incluye la libertad de expresión y el derecho a disfrutar de los beneficios del progreso científico.
La razón por la cual fue escogido el 23 de abril es porque ha sido durante mucho tiempo una fecha simbólica. Marca el cumpleaños o la muerte de los principales autores del mundo, entre ellos Miguel de Cervantes, William Shakespeare, Inca Garcilaso de la Vega, Maurice Druon, Haldor K.Laxness, Vladimir Nabokov, Josep Pla y Manuel Mejía Vallejo.
Dato curioso: Tanto Shakespeare como Cervantes murieron el 23 de abril de 1616 (aunque no el mismo día, ya que en esa época las culturas utilizaban calendarios diferentes).
Ahora bien, ¿Qué son los derechos de autor?
Para definir este concepto procederé a citar algunos sitios de internet, con el fin de ser objetiva y concisa en la información.
Según Wikipedia: El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el simple hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita.
Los derechos de autor constituyen uno de los principales derechos de propiedad intelectual, cuyo objetivo es dar solución a una serie de conflictos de intereses que nacen entre los autores de las creaciones intelectuales, los editores y demás intermediarios que las distribuyen y el público que las consume (Bondía, 1988).
En Venezuela, contamos con un Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI) el cual define a los derechos de autor de la siguiente forma: Es el derecho que posee el autor sobre sus creaciones sean estas obras literarias, musicales, teatrales, artísticas, científicas o audiovisuales. Este derecho nace con el acto de creación y no por el registro de la obra, sin embargo es importante registrarlas para reforzar los derechos morales y patrimoniales del creador frente a la voracidad capitalista y el plagio.
Nuevamente citando a Wikipedia podemos decir que: Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor (post mortem auctoris). El plazo mínimo, a nivel mundial, es de 50 años y está establecido en el Convenio de Berna. Muchos países han extendido ese plazo ampliamente. Por ejemplo, en el Derecho europeo, son 70 años desde la muerte del autor, en Venezuela son 60 años. Una vez pasado ese tiempo, dicha obra entonces puede ser utilizada en forma libre, respetando los derechos morales que son irrenunciables e inalienables, como el derecho de reconocimiento de autoría y el derecho de integridad de la obra, entre otros.
De igual manera, es importante aclarar estos dos términos:
Copyleft
Es un movimiento social y cultural alternativo al sistema tradicional del copyright que aboga por el uso de licencias libres para compartir y reutilizar las obras de creación. Hay diferentes tipos de licencias libres entre las que se puede elegir según el ámbito que se trate (software, obra científica, música, arte,…). Las más utilizadas son las licencias Creative Commons de origen norteamericano, pero también existen otros modelos, por ejemplo las licencias Coloriuris, de iniciativa española, que se están abriendo paso en la comunidad de habla hispana.
Copyright
Es la formula anglosajona para designar únicamente los derechos de explotación de una obra, no hace relación a los derechos morales. El símbolo © asociado a un nombre indica titularidad de derechos de explotación. Normalmente, aunque no necesariamente, va seguido de la expresión “todos los derechos reservados”
Entonces, luego de tanta terminología y teniendo en claro que son estos derechos de autor, resulta importante enfatizar cómo podemos hacerlos valer en plataformas como Steemit. Lo que garantiza los derechos de autor son las leyes de copyright y de derechos de autor, mencionadas anteriormente, sin embargo, iniciativas de Copyleft han creado algunas licencias generales que se basan en estas leyes para dar permiso a la generalidad de usuarios de usar una obra con ciertas condiciones que varían.
Afortunadamente, los valores que respaldan a Steemit van ligados directamente a la producción de contenido original, sin embargo, estos se ven vulnerados constantemente.
En este momento existen diversos proyectos para reportar plagio, copy/paste, spam y otros tipos de abusos en la blockchain, entre ellos el renombrado @cheetah, y @lince perteneciente al equipo de @Cervantes. Iniciativas como SteemPlus, una extensión para Steemit de Google Chrome también han tomado cartas en el asunto, colocándoles una especie de etiqueta a los usuarios clasificados en: Humano, Bot y Spammer.
Utilizando “flags” (banderitas) podemos sancionar a estos usuarios abusivos, pero… ¿Cómo lo prevenimos?
Creative Commons y Safe Creative
Gracias a la era 2.0, estas herramientas llegan a nosotros para proteger el contenido que realizamos y compartimos en la web. Y contrario a lo que se cree, nada tiene que ver una con la otra, pero se complementan.
Explico entonces: ¿Qué es Creative Commons?
Creative Commons es un sistema de licenciamiento abierto para obras de propiedad intelectual. Nacido gracias a una organización sin ánimo de lucro fundada en San Francisco en el año 2001 por Lawrence Lesig. Según su página web: Creative Commons te ayuda a compartir legalmente tus conocimientos y creatividad para construir un mundo más equitativo, accesible e innovador. Aprovechamos todo el potencial de Internet para impulsar una nueva era de desarrollo, crecimiento y productividad.
Creative Commons proporciona licencias de derechos de autor gratuitas y fáciles de usar, para de una forma simple y estandarizada permitir al público compartir y utilizar tu trabajo creativo en las condiciones que elijas.
Las licencias Creative Commons (CC) son las más desarrolladas y difundidas en el contenido web actualmente, habiéndose licenciado bajo esta modalidad unos 400 millones de obras y estando presente en 70 jurisdicciones.
Estas son algunas Licencias básicas de la Organización Creative Commons, las cuales pueden encontrar y subscribirse a ellas por su página web:
Reconocimiento: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. | |||
Reconocimiento – Sin obra derivada: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se pueden realizar obras derivadas. | |||
Reconocimiento – Sin obra derivada – No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas. | |||
Reconocimiento – No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. | |||
Reconocimiento – No comercial – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original. | |||
Reconocimiento – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original. |
¿Y qué es Safe Creative?
En pocas palabras: Un registro de propiedad intelectual.
Según su sitio web, es la primera plataforma de registro, información y gestión de Propiedad Intelectual para la realidad digital basado en los estándares del Convenio de Berna (ONU).
Al registrar una obra, Safe Creative proporciona información, seguridad y autogestión de los derechos de propiedad intelectual.
En esta plataforma el registro de tu obra es gratis hasta por 15 trabajos inéditos o ya publicados, y para quienes deseen registrar más obras, hay otro tipo de opciones avanzadas.
Actualmente existen tres tipos de registro:
- Registro público con descarga permitida: Permite que la información del registro sea accesible desde cualquier parte en Internet y, además, que los internautas puedan descargarse la obra.
- Registro público (sin permiso de descarga): Permite acceder a la información del registro igualmente, ya que se ha definido como pública, pero la obra registrada no puede ser descargada (salvo por el autor cuando está dentro de su cuenta).
- Registro privado: No permite acceso a ninguna información del registro. Sólo el usuario de la cuenta puede ver la información y descargar la obra. Muy útil si no se quiere dar pistas sobre aquello en lo que se está trabajando.
De nuevo, cabe mencionar que ni Safe Creative ni ningún otro registro son garantes de que nuestros derechos de autor no sean violados. Es la ley, los acuerdos internacionales los que nos garantizan los derechos de autor por el hecho de crear la obra.
Safe Creative y otros registros ayudan a generar evidencias para defender estos derechos que por ley poseemos. Ya que nos proveen una prueba de autoría que podemos utilizar frente a un procedimiento por plagio, con la diferencia frente al Registro tradicional, de que el certificado que emitirá Safe Creative se considera documento privado, y por tanto tiene un valor a efectos de prueba en juicio, digamos que de menor rango que el documento público que sería el certificado del Registro de toda la vida.
Debido a lo antes mencionado, es significativo aclarar ¿Qué tienen de bueno los derechos de autor?
Esencialmente, los derechos de autor buscan incentivar la creatividad humana mediante la entrega de estímulos a los científicos, inventores, artistas y en general a todas las personas para que inviertan su tiempo y esfuerzo en generar obras que favorezcan el incremento de la ciencia, la cultura y las artes.
¿Y por qué Internet es bueno para las creaciones intelectuales?
Internet funciona como una plataforma capaz de difundir las creaciones efectuadas a todo el mundo, sin barreras físicas ni temporales que limiten la difusión y acceso a estas obras. Sin duda, una obra subida a Internet llega a muchas más personas y genera mucho más impacto que otra que se pretenda distribuir solamente con las antiguas tecnologías.
Para finalizar este post, me gustaría compartir una cita de la antigua Directora General de la UNESCO, Irina Bokova:
Al abogar por el derecho de autor y el libre acceso, la UNESCO defiende la creatividad, la diversidad y la igualdad de acceso al conocimiento.
¡Excelente artículo ! Mi libro preferido es la Biblia, por su diversidad de estilos de literatura y como impacto en la historia.
Interesante elección @marian0! Sin duda es un libro interesantisimo. Muchas gracias por el apoyo :-)
Muy buen artículo, muchas de las cosas que mencionaste las desconocía.
Mi libro favorito (de entre todos mis favoritos) es El Guardián entre el Centeno.
Saludos 😃
Muchas gracias, lo agregaré a mi lista de libros por leer :-)
¡Súper interesante este artículo! No tengo un libro favorito pero sí una trilogía favorita; se llama "Bajo el Cielo Eterno" de Veronica Rossi.
Muchas gracias :-) Creo que he escuchado sobre esa trilogía antes, ¡A mi me encantan las sagas!
Muy interesante marce, me gusto tu post.
Hola @marcelim confieso que desconocía algunos terminos mencionados, no sabía que se había expandido tanto sobre el derecho de autor, ahora que ando estudiante un poco de Marketing con Social Media es bueno saber sobre esto porque te ayuda con las estrategías y guiar bien a tu cliente, y comprender un poco más este mundo 2.0 que es tan extenso. Aprecio tu post. te mando un abrazo. Saludos. :)
PD: El Principito, Juan Salvador Gaviota, Tristan e Isolda, Tokio Blue, El amante, El extranjero de ojos azules y pelo negro, y los demás son de fotografía.
Que bueno que te haya gustado @CathyHaack y sobretodo que te haya servido para conocer cosas nuevas. Tienes una lista bien extensa, trataré de investigar un poco sobre esos libros a ver que tal, saludos para ti también.
Un reportaje extenso y bien documentado. Felicitaciones, será de gran ayuda a los escritores a los que steemit se les queda pequeño.
Por cierto ya existe una cadena que hace de notario con los derechos de autor. Se llama creativechain. org y tienen cuenta en steemit @creativechain
Muchisimas gracias y excelente aporte también, estaré al pendiente de @creativechain!
Hola marce, en mi caso me gustan libros de formación, crecimiento o desarrollo personal. El mas habitual, la Biblia. Nunca dejaran de nutrirnos. Saludos
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