Cuando (el superior) se viere precisado a manifestar los defectos de alguno (de los súbditos), debe al mismo tiempo referir las virtudes, y buenas propiedades de tal sujeto, a fin de que no se minore en quien le oyere, la buena opinión que hubiere concebido.
Tomado del Diario de Máximas, sentencias y dichos memorables de S. Vicente de Paul, Fundador de la congregación de la Misión, y de las hijas de la Caridad. Sacado de su vida escrita por Monseñor Ludovico Abelli, obispo de Rodez. Barcelona. 1834.
gracias