PROCEDIMIENTO PARA LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE UNA ASOCIACION COOPERATIVA POR ACUERDO ENTRE LAS PARTES:
1º Identificar en los numerales del artículo 71 de la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas la causal por la cual se va a disolver la Asociación Cooperativa.
2º Celebrar Asamblea de Asociados, previo cumplimiento de las formalidades de Ley y las exigidas en los Estatutos Sociales de la Cooperativa para celebrar las Asambleas (Convocatoria y Quórum). En cuya Asamblea se discutirán y aprobaran los siguientes puntos:
Disolución de la Cooperativa: En este punto se expondrá la causal de disolución (artículo 71 de la LEAC), si es por la causal Nº 01 del artículo 71 se tomara en cuenta el 75% de los presentes en la Asamblea.
Nombramiento de la Junta Liquidadora: En este punto van a nombrar una Junta Liquidadora compuesta por cinco (05) Asociados. En el caso de que la Cooperativa posea pasivos o deudas, la Junta Liquidadora va a estar compuesta por 4 asociados y uno de los acreedores. En caso de que la Cooperativa no posea deudas o pasivos, solo va a estar conformada por 5 asociados.
3º La Junta Liquidadora en un plazo no mayor a noventa (90) días, elaborara un informe de liquidación y lo presentará en Asamblea de Asociados para ser sometido a discusión y aprobación, cuyo proyecto contendrá lo siguiente:
- Activos y pasivos que tenga la Cooperativa, declaraciones de Impuestos Sobre La Renta en el caso que aún no tengan la exención.
- En caso de que la Cooperativa tenga pasivos se cancelará con el orden de prelación que establece el artículo 75 de la LEAC.
4º Celebrar Asamblea de Asociados, previo cumplimiento de las formalidades de Ley y las exigidas en los Estatutos Sociales de la Cooperativa para celebrar las Asambleas (Convocatoria y Quórum), donde el único punto a tratar va a ser la discusión y aprobación del proyecto de liquidación.
5º Finalizado el proceso de liquidación la Junta Liquidadora, emitirá una certificación de liquidación que será entregada al Registro en donde se inscribió la cooperativa para que este haga constar la extinción de la personalidad jurídica.
6º Consignar ante la Coordinación Regional de Sunacoop copia de las dos Actas de Asamblea protocolizadas por ante el Registro Subalterno respectivo, conjuntamente con copia del informe de liquidación.